Facetas de la personalidad parcializada de la
sra. jueza Iris Jazmín Barrios Aguilar, evidenciados desde el 19 de
marzo de 2013, en la ciudad de Guatemala, durante las audiencias
efectuadas durante el injusto juicio por el supuesto delito de
genocidio. Muchas personas se han preguntado porque la defensa de los
dos acusados por el supuesto delito, actuó de esta forma.
Para explicarlo con palabras sencillas y no con tecnicismos legales, la juez Barrios, se excedió y abuso de su autoridad, no permitiéndole a los defensores, cinco minutos que solicitaron para analizar un documento nuevo incorporado en ese momento. Esa fué la gota que derramó el vaso de los desmánes y abusos de ese tribunal, invocándose el derecho constitucional de resistencia pacífica, como lo establece el artículo 45 de la Constitución Política de la República. Juzgue ud. si una persona con esas alteraciónes de conducta, es apta para decidir quien es culpable o no.
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